Archivo de la etiqueta: Estatutos Autonómicos

Proyecto de Estatuto de Catalunya elaborado por el Partido Carlista en 1930

Proyecto publicado en el periódico carlista Espanya Federal (San Feliu de Llobregat) el 28/05/1934.

1934 05 28 Espanya Federal

Traducción al castellano

I

DE LA PERSONALIDAD DE CATALUÑA Y DE SU TERRITORIO

Reconocemos la personalidad nacional de Cataluña, con todas las características individualizadoras.

Los pueblos que constituyen la actual España se federan libremente. Es necesario reconstituir nuevamente aquella Confederación, con igualdad de trato y de personalidad para cada uno de ellos.

Dentro de la Confederación, todos los pueblos conservarán plena y absoluta autonomía.

El territorio de Cataluña se entenderá constituido por el que forman ahora las llamadas “provincias” catalanas, sin renunciar a la revisión de las fronteras que limitaban la antigua Cataluña estricta. Sigue leyendo

Partidos, sindicatos y organizaciones ciudadanas en la provincia de Alicante durante la Transición (1974-1982): «Partido Carlista»

Trabajo de Francisco Moreno Sáez publicado en la web del Archivo de la Democracia de la Universidad de Alicante.

1974-1982 PCarlista en Alicante provincia

«…hay que recordar que el PCV también firmó, coherentemente con su ideología, el pacto autonómico en algunos Ayuntamientos, como el alcoyano, en octubre de 1978 y que, en enero de 1979, presentó al Consell su proyecto de Estatuto de Autonomía para el País Valencià60, término que apoyaba firmemente…» (p. 12)

Anteproyecto de Bases para el Estatuto Andaluz de Autonomía (1977)

Folleto redactado y difundido por el Partido Carlista de Andalucía ¿en el año 1977?

1977 Anteproyecto de Bases para el Estatuto Andaluz de Autonomía

TÍTULO PRELIMINAR: EL ESTADO FEDERAL ESPAÑOL Y LA AUTONOMÍA ANDALUZA.

BASE 1.- El Estado Federal Español respetará los derechos de todas las sociedades que lo integran y en sus actuaciones no ocasionará el grave daño que para el orden social implica toda intervención que no fuere la de ayudar de manera supletoria a las comunidades federadas.

En consecuencia, el Estado Federal no podrá ejercitar funciones que no le hayan sido encomendadas por el presente Estatuto, por el Pacto Federal o por los que, para actuaciones concretas, concierne con cada una de las regiones autónomas españolas. Sigue leyendo

Los catalans i sos furs (1872)

(Los catalans i sos furs. Llibret dictat per un fill de la terra, Barcelona, 1872, pàg. 3-5, 7, 10, 18, 20.)

Só català, i prenc la ploma per parlar-vos amb la llengua que he mamat dels pits de ma mare, amb aquell llenguatge que en temps antic esparverava els moros quan nos vingueren a prendre la nostra pàtria, amb aquell llenguatge mateix que els nostres avis parlaven quan desbarataven les apinyades tropes de l’imperi de Napoleó I. Vos parlaré, doncs, clar i català, perquè no hage engany en qui vos parla; puix no só dels que ens dominen; dels lleons que sant Vicenç deia que ens xuclarien la sang. Entenc dir-vos les més grans veritats que hajau oït des que faltant lo gran Consell de Cent, i els prohoms, i el veguer i els gremis; des que la bandera de Santa Eulàlia no vos mena a la victòria; des que el crit de via fora! no fa encendre l’ardor de guerra dels nostres pits. (…) Sigue leyendo

Juan Vázquez de Mella sobre los Derechos de las Regiones (1900)

En la conferencia pronunciada en la Asociación de la Prensa de Madrid, en 1900:

«1.º A conservar y perfeccionar su propia legislación.

2.º A resolver por los Tribunales regionales, dentro de su propio territorio y en última instancia, los litigios que se refieren a su derecho privativo.

3.º Al uso de la propia lengua en las relaciones oficiales interiores en lo que consideren necesario. Sigue leyendo

«El Carlismo y las autonomías regionales» (1974)

Fragmentos del libro «El Carlismo y las autonomías regionales» (1974), de Evaristo Olcina Jiménez.

«REY Y FUEROS» (pp. 16-19)

Algunos sostienen -no está demostrado- que el primer grito carlista fue el de «rey y fueros». Frase que no se sabe si será cierta, pero, al menos, e ben trovata. Nos explicaremos. Ya hemos dicho al principio que el pueblo vivía marginado de cualquier inquietud o información política al iniciarse la crisis abierta por la invasión napoleónica; los antiguos mitos pervivían en una continuidad multisecular, que podemos remontar sin exageración a la Edad Media, en la que el rey era el supremo árbitro al que en apelación acudía el pueblo para defender sus intereses atropellados por el poder feudal. El monarca era el padre protector, figura que quedó definitivamente mitificada en los siglos XVI y XVII por la literatura de fondo puramente político y hasta por la teología, que sería cuidadosamente mantenida por el absolutismo borbónico y que incluso podremos ver reflejada en documentos muy posteriores -hasta Carlos VII- de los titulares carlistas. Sigue leyendo

Anhelos restauradores. El Estatuto de Valencia. Un aplauso fraternal (1932)

El Cruzado Español (Madrid)

03/06/1932

Hay denominaciones políticas tan gráficas y elocuentes, ya por su representación histórica, ya por su significación doctrinal, que bastan ellas solas para definir una determinada tendencia en las aspiraciones nacionales.

Así, decir alfonsino equivale a defender todas las tiranías y opresiones contenidas virtualmente en la llamada unidad constitucional, centralista, igualitaria, absorbente y disgregadora, que borró despóticamente de la legislación peninsular todas las santas libertades y todas las venerandas instituciones de los pueblos españoles. Sigue leyendo

El Estatuto de Estella-Lizarra de 1931

El anteproyecto fue preparado, en sus líneas generales, por la Sociedad de Estudios Vascos, y retocado después en una reunión que la comisión promotora celebró en la Diputación de Navarra. Ya redactado, el proyecto se sometió a la aprobación de los municipios vascos en una magna Asamblea, que se celebró en junio en la mítica -para el carlismo- ciudad Navarra de Estella. De 529 municipios vascos y navarros, 427 aceptaron y respaldaron con entusiasmo lo que definitivamente se llamaría Estatuto General del Estado Vasco. Sigue leyendo